Hola Jandro,
Si eres el administrador de la sociedad, debes saber que ante una situación de insolvencia la Ley establece la obligación de declarar concurso de acreedores en el plazo de 2 meses tras ser conocida (o debiera ser conocida) la situación de insolvencia.
De no hacerlo, el administrador puede tener que responder a las deudas con su patrimonio personal presente y futuro. Existen incluso supuestos de responsabilidad penal por insolvencias punibles (art. 257 al 261 Código Penal)
Por tanto, la convocatoria de concurso no es sólo un mecanismo de superviviencia de la empresa, sino una obligación para proteger al administrador ante las deudas de la sociedad.
Los concursos de acreedores son procesos muy complejos, por lo que nuestra recomendación es que te pongas en manos de un abogado especialista en situaciones de insolvencia que pueda proteger tus intereses. Si lo deseas, desde FCA podemos ponerte en contacto con especialistas en la materia. Para ello, haznos llegar tus datos de contacto a través de
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Un saludo.