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Contra el auto que resuelve el expediente judicial de regulación de empleo dictado por el Juzgado de lo Mercantil en el proceso concursal cabe por parte un trabajador la interposición de incidente concursal laboral en lo que afecte a su relación jurídica individual siendo la sentencia que recaiga recurrible en suplicación. A los intervinientes le asiste el recurso de suplicación así como el resto de recursos previstos en la Ley de Procedimiento Laboral que se tramitarán y resolverán ante los órganos jursdiccionales del orden social (artículo 195 y 64.8 LC). |
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