El juzgado de lo mercantil número 6 de Madrid con fecha 04.04.2013 ha procedido a declarar el concurso de acreedores de la mercantil Reyal Urbis S.A.
A partir del 04.04.2013 de abril, fecha de la publicación del BOE, los acreedores deberán realizar la comunicación de créditos, contando un mes para ello, por lo que hay que tener en cuenta que para llevar a cabo este paso es necesario realizarlo a través de abogado y procurador, presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este juzgado.
Dentro de estos acreedores están trabajadores, proveedores, compradores de viviendas y clientes que tenían servicios contratados con esta empresa que a fecha de hoy siguen sufriendo las pérdidas de las deudas pendientes.
Aparte del procedimiento concursal, para aquellos compradores de viviendas en construcción de Reyal Urbis S.A. pueden existir otras alternativas de cobro, en el caso de que no se llegaren a finalizar o no se hubieren iniciado las construcciones en su debido tiempo, en aplicación de la Ley 57/1968 que establece la obligación del promotor de entregar aval bancario o póliza de seguro en garantía de las cantidades entregadas a cuenta del precio por los compradores.
Desde FORO CONCURSO ACREEDORES, se ha creado la Plataforma de Afectados de Reyal Urbis S.A. para recuperar los importes debidos a los acreedores.
El objetivo de la presente plataforma es personar a todos los acreedores, dentro del plazo estipulado en el concurso de acreedores de Reyal Urbis S.A. Nuestro asesoramiento legal incluye un asesoramiento legal personalizado teniendo en cuenta que la situación de cada acreedor es distinta y obtener la devolución de las cantidades invertidas.
Sera de vital importancia proporcionar toda la documentación que demuestre la existencia de la deuda entre la mercantil Reyal Urbis S.A. y el acreedor y también que nos especifique su caso en particular.
Si usted se ha visto afectado y necesita asesoramiento legal, rellene nuestro formulario para mas informacion y un estudio gratuito de su caso o llámenos al 902 555 299. Nos pondremos en contacto con usted de inmediato.
El Tribunal Supremo no rechaza que empresas actualmente en concurso de acreedores puedan aplazar el pago de los impuestos. Así, ha estimado el recurso de una empresa del sector del turismo y la hostelería contra la postura de la Delegación de Grandes Contribuyentes de la Agencia Tributaria de rechazarle el aplazamiento del pago de IVA. […]
Durante los últimos años, todos hemos sido testigos de cómo la crisis económica ha ido afectando al desarrollo de las empresas en España. En particular, de cómo ha hecho que muchas empresas se encuentren en complicadas situaciones de liquidez y se vean obligadas a solicitar concurso de acreedores voluntarios o directamente entren en concurso de […]
Si eres emprendedor o autónomo, desde ahora tendrás la oportunidad de volver a empezar. El pasado jueves 30 de julio de 2015 entró en vigor la Ley de Segunda Oportunidad que pretende ser una medida de reducción de la carga financiera para aquellos sectores más afectados por la crisis económica. Concretamente, el objetivo de esta […]